GRAN SALÓN DE CELEBRACIONES listo para comenzar actividad en LORA del RIO – Lora del Rio
AVS01-S23006 | 664m2
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SALÓN TAURINO en la Alameda del Rio, junto a Círculo Mercantil y Club Axatiana, frente al estadio de Futbol. Este conocido espacio cuenta con un salón de 575 m2, sobre una parcela de 690 m2 de superficie. Gran espacio diáfano divisible. Tiene dos baños, zonas de almacenaje, amplia barra totalmente equipada y zona de cocina preparada para cualquier tipo de celebración. Un gran espacio en una de las zonas más agradables de Lora del Rio, en el recinto ferial, ideal para todo tipo celebraciones, con posibilidad de simultanear varias. Por su ubicación puede enfocarse como destino de diversas actividades, ya que la Alameda del Rio, además de ser una zona consolidada de todo tipo de eventos, se instalan terrazas de verano, es el lugar en el que se ubica el estadio de futbol del equipo local y el Ayuntamiento cuenta con un edificio municipal para diversos actos. Un lugar perfecto para celebrar eventos y momento especiales para todo tipo de grupos. ¡¡NO DEJE PERDER ESTA OPORTUNIDAD!! Informamos a nuestros clientes que el precio de venta no incluye lo siguiente: honorarios de Agencia Inmobiliaria, impuestos derivados de la compraventa (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, I.V.A. o A.J.D., en su caso), otros gastos de la compraventa (gastos de registro de la propiedad, notaría, gestoría ni de posible financiación). Documento D.I.A. a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.