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Venta de plaza de garaje en Transformador – Sevilla

Venta Garaje

26189 | 0m2

23.000€

Descripción

Amplia plaza de garaje con una superficie de 36 metros cuadrados , es ideal por si vives por la zona y tienes un primer o segundo vehículo en la unidad familiar. ¡NO DEJES ESCAPAR ESTA OPORTUNIDAD! Informamos a nuestro clientes que el precio de venta no incluye lo siguiente: Honorarios de la agencia inmobiliaria, impuestos (el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, I. V. A. , o A. J. D. , en su caso), otros gastos de la compraventa (gastos de Registro de la Propiedad, Notaría, gestoría ni de posible financiación). Documento D. I. A. a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.

  • Garaje
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 23.000€
    Precio
  • 26189
    Referencia
  • Venta de plaza de garaje en Transformador – Sevilla
    Ciudad
  • m2
Características
  • Calificación Energética:
Localización

Venta de plaza de garaje en Transformador – Sevilla(Venta de plaza de garaje en Transformador – Sevilla)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.