Amplio Local Comercial en Rochelambert, Sevilla – Oportunidad Única – Sevilla
26349 | 30m2
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Presentamos un atractivo local comercial ubicado en la zona de Rochelambert, una de las áreas más dinámicas y con gran potencial . Este espacio cuenta con una superficie construida de 30 m² y se encuentra en buen estado de conservación, listo para iniciar cualquier tipo de actividad empresarial o como trastero. La propiedad es totalmente exterior, lo que proporciona abundante luz natural a su interior; además está rodeada por árboles que añaden un toque verde al entorno urbano. Su ubicación estratégica ofrece fácil acceso tanto peatonal como vehicular, garantizando el flujo constante de clientes y visitantes interesados en los servicios o productos ofrecidos aquí. Ideal para emprendedores o inversores buscando establecerse dentro del vibrante mercado andaluz. Hemos utilizado herramientas avanzadas de inteligencia artificial para optimizar las fotos de algunas estancias, dándote una visión clara y mejorada de cada rincón. Informamos a nuestro clientes que el precio de venta no incluye lo siguiente: Honorarios de la agencia inmobiliaria, impuestos (el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, I. V. A. , o A. J. D. , en su caso), otros gastos de la compraventa (gastos de registro de la Propiedad, Notaría, gestoría ni de posible financiación). Documento D. I. A. a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.
41006 Amplio Local Comercial en Rochelambert, Sevilla – Oportunidad Única – Sevilla(Amplio Local Comercial en Rochelambert, Sevilla – Oportunidad Única – Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.