Piso Avd. Cruz del campo – Sevilla
3566-01170 | 4 Dormitorios | 2 Baños | 1 Aseos | 143m2
3566-01170 | 4 Dormitorios | 2 Baños | 1 Aseos | 143m2
Magnifico Piso en venta situado en la dirección Avenida de la Cruz del Campo, en el barrio Gran Plaza, distrito de Nervión / San Pablo, Sevilla, La zona está muy bien comunicada, cerca de grandes centros comerciales (Nervión Plaza, El Corte Inglés Sevilla) Centro comercial los Arcos y del estadio del Sevilla Fútbol Club, Cerca de Santa justa El Piso se compone de vestíbulo de entrada, salón-estar-comedor, cuatro dormitorios , dos de ellos con armarios empotrado, dos cuartos de baño reformados y uno de aseo, cocina con terraza posterior, y otra terraza recayente a la Avenida de la Cruz del Campo. Según se entra en el piso, linda por su frente, al Este, con vuelo sobre zona ajardinada, planta 3ª exterior, con ascensor, garaje y trastero incluido. Una de las zonas más demandadas y mejor comunicadas de Sevilla, albergaba la emblemática fábrica de Cruzcampo, y que ahora, se transformará en una moderna área residencial, la ubicación del barrio garantiza una excelente red de conexiones, con acceso a dos líneas de metro, paradas de autobuses, tranvía y carriles bici, permitiendo una movilidad fluida hacia el centro de Sevilla y otras zonas clave. Concierta una visita y descubrirás tu futuro hogar. * pueden variar los metros entre nota simple y catastro Para la venta: *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucía. enlace:. juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html Para mayor información puede ponerse en contacto con nosotros.
41005 Piso Avd. Cruz del campo – Sevilla(Piso Avd. Cruz del campo – Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.