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LOCAL COMERCIAL REFORMADO – Jerez de la Frontera

Venta Local comercial

SV-11689 | 72m2

65.000€

Descripción

Se presenta un local comercial reformado, ubicado en la zona de Icovesa. Este amplio espacio cuenta con una licencia vigente para operar como bar, lo que brinda una oportunidad única para emprendedores del sector gastronómico. Su distribución incluye una acogedora área destinada a cocina y barra; además, se ha habilitado suficiente espacio para acomodar mesas donde los clientes podrán disfrutar de su experiencia. El establecimiento está equipado con dos aseos y dispone de rampa accesible para personas con movilidad reducida, garantizando así el cumplimiento normativo y facilitando el acceso a todos sus visitantes. La ubicación estratégica en un barrio dinámico asegura un flujo constante de potenciales clientes durante todo el día. Ven a visitarlo!

  • Local comercial
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 65.000€
    Precio
  • SV-11689
    Referencia
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • 1968
    Año de Construcción
  • 72m2
    Superficie
  • 72m2
    Construida
  • 65m2
    Útiles
Características
  • Calificación Energética:
Localización

11404 Jerez de la Frontera(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.