ESTUPENDO UNIFAMILIAR EN LA URBANIZACIÓN DE JARDINES DEL BOTÁNICO – Sanlucar de Barrameda
MM0009V | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 90m2
MM0009V | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 90m2
Estupenda vivienda unifamiliar situada en la Urbanización Jardines del Botánico, una zona muy tranquila ideal para formar tu nuevo hogar y rodeado múltiples a su alrededor. La vivienda consta de dos plantas. En la planta baja cuenta con cocina independiente con acceso a un pequeño patio de desahogo, ideal como zona de ventilación y apoyo, además de aseo y un salón luminoso y acogedor. La planta alta se distribuye en tres dormitorios, un baño completo y un balcón, que aporta luz natural a la vivienda. Una vivienda funcional y bien distribuida, ubicada en una zona residencial muy demandada, ideal como hogar familiar. Además cuenta con plaza de garaje incluida!!! Así que no esperes para verla y llámanos para agendar tu visita!!! *Le informamos que los gastos de notaría, impuestos y honorarios de la agencia no están incluidos en el precio.
11540 Sanlucar de Barrameda(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.