IDEAL BAJO CON PATIO EN CANALEJA – Jerez de la Frontera
AV1786MB | 3 Dormitorios | 1 Baños | 81m2
AV1786MB | 3 Dormitorios | 1 Baños | 81m2
Le presentamos en EXCLUSIVA un bajo con patio en urbanización privada de LA CANALEJA. El piso cuenta con 3 habitaciones, uno de ellos con armario empotrado. Baño completo con placa de ducha y ventana al lavadero. Amplia cocina equipada con acceso al patio interior de unos 10m2 aproximados de uso privativo. Amplio salón comedor con A/A. Muy luminoso. Orientado al Sur. Ascensor. Comunidad privada y cerrada que cuenta con piscinas, jardines y parque infantil. Esta vivienda cuenta con Plaza de garaje asignada en subterráneo y trastero. Ubicado en una de las zonas más demandadas de Jerez. Rodeada de pequeños comercios, centros médicos, farmacias, paradas de autobús, parques infantiles, supermercados, ... MUEBLES NO INCLUIDO ES LO QUE BUSCABAS. Llámenos, que no se te adelanten. En cumplimiento del Decreto 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, ITP, honorarios de intermediación, gastos financieros y otros gastos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio.
11406 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.