Piso en Sevilla
V7084 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 90m2
V7084 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 90m2
Piso situado en muy buena zona de Sevilla, Urbanización ideal, pádel, piscinas, zonas comunes, vigilada, zona infantil, gran calidad de vida. Cuenta con 95 metros cuadrados construidos, 75 metros útiles aproximadamente. En ellos encontrarás un extraordinario recibidor que distribuye a la izquierda con cocina, a la derecha a salón. Cocina perfectamente amueblada, luminosa, amplia, con lavadero. El lugar ideal para los cocinillas. Salón independiente muy Grande pues tiene incorporada una habitación, con aire acondicionado frio-calor, exterior a terraza propia, muy acogedor, fantástico para esos ratos de ocio con familiares o amigos. Baño completo en perfecto estado. 2 habitaciones, una doble, de matrimonio con armario empotrado, otra individual. Desde la habitación de matrimonio puedes salir a la terraza. Muy luminosas las dos, acogedoras, tranquilas. La tercera habitación Transformada en Vestidor.( originariamente esta habitación era baño, podría volver a serlo, más parte de es tercera habitación). Aire acondicionado frio-calor, ventanas climalit, armarios empotrados, gas natural, 2 ascensores. Muy bien situado con fácil acceso de entrada y salida de la ciudad. Todos los servicios y comodidades a tú alcance sin necesidad de coger coche. Comercio minorista, Centro Comercial, médicos, farmacias, bares, restaurantes, colegios, guarderias, gimnasios....todo muy cerca. Además tienes garaje y trastero a los que llega el ascensor. Una urbanización ideal para desconectar después de la jornada y obtener gran calidad de vida. Un Hogar para Vivir. *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: https://notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Re gistro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral están incluidos de forma estimativa, aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucia. enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html;
41014 Piso en Sevilla(Piso en Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.