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PARCELAS URBANAS EN VENTA EN SANLUCAR LA MAYOR – Sanlucar la Mayor

Venta Terreno urbano

3566-01224 | 0m2

50.000€

Descripción

¿Buscas el lugar perfecto para construir la casa de tus sueños? Ponemos a la venta parcelas urbanas de 2500m2/2600m2, con posibilidad de adquirir parcelas colindantes en la prestigiosa Urbanización LOS ENCINARES, en Sanlúcar la Mayor. Un entorno privilegiado en pleno corazón del Aljarafe, donde la naturaleza y la tranquilidad se combinan con todas las comodidades de una zona urbana consolidada. Se podrá escoger entre la 4 parcelas disponibles. - Espacio y privacidad: dispondrá de terreno suficiente para una gran vivienda unifamiliar, piscina, jardín de diseño, huerto privado o zona deportiva. - Entorno natural: la urbanización destaca por su arboleda autóctona y un ambiente familiar y seguro. - Ubicación estratégica: a pocos minutos del centro de Sanlúcar la Mayor, colegios de prestigio, servicios médicos y zonas comerciales. Excelente conexión con la A49. ¡¡¡¡NO DEJES PASAR LA OPORTUNIDAD!!!! Para la venta: *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucía. enlace:. juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html Para mayor información puede ponerse en contacto con nosotros.

  • Terreno urbano
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 50.000€
    Precio
  • 3566-01224
    Referencia
  • PARCELAS URBANAS EN VENTA EN SANLUCAR LA MAYOR – Sanlucar la Mayor
    Ciudad
  • m2
Características
  • Calificación Energética:
Localización

41800 PARCELAS URBANAS EN VENTA EN SANLUCAR LA MAYOR – Sanlucar la Mayor(PARCELAS URBANAS EN VENTA EN SANLUCAR LA MAYOR – Sanlucar la Mayor)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.