PISO CON ASCENSOR DE TRES HABITACIONES EN EL CORAZÓN DE LA VIÑA – Cadiz
VEL001271758 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 84m2
VEL001271758 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 84m2
Descubre este encantador piso en el corazón de La Viña, a solo unos pasos de la hermosa playa de La Caleta. Situada en una cuarta planta Con ASCENSOR y un salón exterior luminoso que ofrece vistas a la calle, este hogar es perfecto para disfrutar de la vida costera. Cuenta con tres amplias habitaciones y un cuarto de baño, brindando el espacio ideal para tu familia o como segunda residencia. La cocina independiente ofrece la posibilidad de abrirse al salón, creando un ambiente más integrado y acogedor. Este piso es una excelente inversión, rodeado de restaurantes que destacan la deliciosa gastronomía gaditana y con fácil acceso a colegios, hospitales y paradas de autobús. ¡No pierdas la oportunidad de formar tu hogar en este lugar privilegiado! Impuestos, honorarios y gastos del comprador derivados de la compraventa no incluidos en el precio. El consumidor tiene a su disposición la Ficha Informativa de la Vivienda conforme a la normativa vigente. ✔ Contamos con Seguro de Caución y Responsabilidad Civil para la plena garantía de nuestros clientes. ✔ Más de 28 años de experiencia avalan nuestra trayectoria, profesionalidad y compromiso. Operación sujeta a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3% del precio de la compraventa, más IVA del 21%. Los gastos aproximados de Notaría y Registro se cifran entre 800€ y 1600€, el importe exacto dependerá del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato Periodo de validez: hasta el 31/12/2026
11002 Cadiz(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.