Skip to main content

Parcela rústica de 478 m² en Hijuela Tío Prieto – El Puerto de Santa Maria

Venta Parcela

V076-25 | 0m2

100.000€

Descripción

Parcela rústica de 478 m² en Hijuela Tío Prieto. Se vende parcela rústica de 478 m² ubicada en la zona Hijuela Tío Prieto, un entorno tranquilo y natural. La finca está totalmente vallada y cuenta con puerta de garaje, ofreciendo acceso cómodo y seguro para vehículos o maquinaria. Terreno rústico, actualmente carece de acometidas de luz y agua "De acuerdo con lo prevenido en el Decreto 218/2005, de 11 de octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, L.T. P., honorarios de intermediación, gastos financieros, y otros gastos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio. " Por mandato expreso del propietario, comercializamos este inmueble en exclusiva, lo que le garantiza el acceso a toda la información, a un servicio de calidad, un trato fácil, sencillo y sin interferencias de terceros. Por este motivo, se ruega no molestar al propietario, a los ocupantes de la propiedad o a los vecinos. Muchas gracias por su comprensión. Si usted es agente inmobiliario y tiene un cliente para este inmueble, llámenos: estaremos encantados de colaborar.

  • Parcela
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 100.000€
    Precio
  • V076-25
    Referencia
  • El Puerto de Santa Maria
    Ciudad
  • m2
Características
  • Calificación Energética:
Localización

11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.