PISO REFORMADO CON DISEÑO MODERNO EN EL CENTRO – Jerez de la Frontera
C10A0781 | 2 Dormitorios | 2 Baños | 66m2
C10A0781 | 2 Dormitorios | 2 Baños | 66m2
Hay viviendas que desde el primer momento sabes que funcionan. Por su ubicación, por cómo están cuidadas, y por lo fácil que resulta imaginarse dentro. Este piso en el centro de Jerez, es uno de ellos. Situado en una primera planta, destaca por una reforma reciente, año 2024, que aporta un estilo actual, listo para disfrutar desde el primer día. El espacio principal se abre en un salón con cocina integrada, creando un ambiente práctico y acogedor, pensando para el día a día. La vivienda se completa con : 2 dormitorios (originalmente tenía 3 dormitorios) 2 baños Una distribución equilibrada que se adapta con naturalidad a distintas formas de vivir. Su ubicación, junto con su estado, lo convierten en una opción que encaja tanto para quien busca un hogar céntrico como para quien valora una propiedad con recorrido. Aquí no hay que imaginar demasiado. Está listo. Y se nota. Si te encaja sobre el papel, en persona aún más. ¡Llámanos! para hacer una visita, y nosotros te acompañamos.
11402 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.