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Casa independiente de dos plantas con infinitas posibilidades – El Puerto de Santa Maria

Venta Casa

N1078 | 5 Dormitorios | 2 Baños | 1 Aseos | 223m2

300.000€

Descripción

Si buscas una vivienda amplia, versátil y con espacio para adaptarla a tus necesidades, esta casa es una oportunidad que no puedes dejar escapar. Actualmente se encuentra distribuida en dos viviendas independientes, lo que la convierte en una opción ideal tanto para familias numerosas como para quienes desean vivir en una planta y obtener una rentabilidad de la otra, o incluso unificarla para crear una espectacular vivienda unifamiliar. En la planta baja encontramos un recibidor, un acogedor salón, cocina independiente, dos dormitorios y un baño. La planta alta dispone de tres habitaciones, salón, cocina y un baño completo, ofreciendo una distribución muy cómoda y funcional. La vivienda se completa con una magnífica azotea-solárium transitable, un espacio perfecto para disfrutar del aire libre, crear una zona de ocio o simplemente relajarse. En el exterior cuenta además con un garaje cerrado, aparcamiento techado, trastero, lavadero y un aseo, aportando un gran valor añadido y múltiples posibilidades de almacenamiento y comodidad. Además, la vivienda dispone de suministro de luz y agua de red, ofreciendo todas las comodidades necesarias para entrar a vivir o comenzar cualquier proyecto de reforma con total tranquilidad. Una casa con metros, independencia y un enorme potencial para convertirla en el hogar que siempre has imaginado o en una excelente inversión. Operación sujeta a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3% del precio de la compraventa, más IVA del 21%. Los gastos aproximados de Notaría y Registro se cifran entre 800.-€ y 1.000.-€, el importe exacto dependerá del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc., en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato

  • Casa
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 300.000€
    Precio
  • N1078
    Referencia
  • 5
    Dormitorios
  • 2
    Baños
  • 1
    Aseos
  • El Puerto de Santa Maria
    Ciudad
  • 1980
    Año de Construcción
  • 223m2
    Superficie
  • 223m2
    Construida
Características
  • Garaje
  • Trastero
  • Jardín
  • Armario Empotrado
Localización

11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.