Skip to main content

IMPRESIONANTE PISO EN AVENIDA ÁLVARO DOMECQ – Jerez de la Frontera

Venta Piso

C10A0785 | 3 Dormitorios | 3 Baños | 153m2

398.000€

Descripción

Este excepcional piso en Avenida Álvaro Domecq ofrece una amplia distribución con tres dormitorios, cada uno de ellos cuenta con su propio baño privado y armarios empotrados. Existe la posibilidad de crear un cuarto dormitorio adicional según sus necesidades. La vivienda cuenta además con una coqueta terraza accesible desde uno de los dormitorios, ideal para disfrutar del aire libre. Su cocina equipada proporciona funcionalidad y confort a diario. Con buena orientación que asegura luz natural durante todo el día, este inmueble se complementa perfectamente al contar con dos plazas de garaje en superficie sin asignar y ascensor; características que añaden valor a la propiedad. Situado en un edificio exclusivo vigilado por portero y dotado de aire acondicionado centralizado, se encuentra rodeado por todos los servicios necesarios: supermercados, colegios, gimnasios y centros médicos. *Mencionar también que el piso está amueblado utilizando inteligencia artificial (IA), ofreciendo así un diseño moderno e innovador.*

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 6.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.

  • Piso
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 398.000€
    Precio
  • C10A0785
    Referencia
  • 3
    Dormitorios
  • 3
    Baños
  • 0
    Aseos
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • 1989
    Año de Construcción
  • 153m2
    Superficie construida
Características
  • Aire acondicionado
  • Ascensor
  • Parada de Autobús
  • Zonas Infantiles
  • Colegios
  • Hospitales
Localización

11402 Jerez de la Frontera(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.