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PLAZA DE GARAJE SUBTERRANEA, ENTRADA CALLE TOLOSA LATOUR, 12 – Chipiona

Venta Garaje

CNV1191 | 18m2

20.000€

Descripción

Plaza de garaje subterránea con puerta automática, en pleno casco antiguo y muy cerca de la playa cruz del mar, entrada por la calle Tolosa Latour,12 , rampa de fácil acceso y pasillos anchos para maniobrar, eso sí al ser una plaza pegada a la pared coches excesivamente grandes no pueden maniobrar. Medidas: Altura máxima rampa de entrada: 2,038 Largo: 5,3m-5,4 Acho delantero completo 2,40m Ancho de la columna a la pared 2,099m Ancho parte trasera 3,191m Documento de información abreviado (DIA) a disposición del consumidor. De acuerdo con lo prevenido en el Decreto 218/2005, de 11 de octubre, se informa al cliente que los Gastos Notariales, Registrales, impuesto de transmisiones (ITP), Honorarios de intermediación, Gastos financieros, y otros gastos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio.( 7% ITP, honorarios 600€ más 21% de IVA).

  • Garaje
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 20.000€
    Precio
  • CNV1191
    Referencia
  • Chipiona
    Ciudad
  • 1991
    Año de Construcción
  • 18m2
    Superficie
  • 18m2
    Construida
Características
  • Distancia al mar: 20
Localización

11550 Chipiona(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.