Vivienda Moderna en el Corazón de Sanlúcar – Oportunidad Única – Sanlucar de Barrameda
CS0122 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 66m2
CS0122 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 66m2
Descubre esta impresionante vivienda moderna y actual, lista para entrar a vivir. Este elegante inmueble se ofrece completamente amueblado tal como se encuentra, lo que garantiza una experiencia sin complicaciones desde el primer día. La cocina salon cuenta con una isla contemporánea diseñada para maximizar la funcionalidad y estilo del espacio. Disfruta de las comodidades adicionales que ofrecen un ascensor privado, garaje y trastero; además tendrás acceso a una azotea donde podrás relajarte bajo el sol andaluz. Situada en pleno centro de Sanlúcar, específicamente en la Calle Trasbolsa, estarás rodeado por todos los servicios necesarios mientras te encuentras cerca de la encantadora Playa de Bajo de Guía y la Plaza del Cabildo. Esta urbanización moderna combina confort urbano con proximidad al mar: ¡la combinación perfecta! No pierdas esta oportunidad excepcional por solo €XXX.xxx.
11540 Sanlucar de Barrameda(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.