Coqueto dúplex con alma en el corazón de El Puerto de Santa María. ¡Encanto, rústico y confort moderno! – El Puerto de Santa Maria
02304 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 78m2
02304 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 78m2
Si buscas una vivienda que rompa con lo convencional, que combine historia, diseño inteligente y funcionalidad, este dúplex te va a enamorar desde el primer segundo. Perfecto para inversores (alta demanda de alquiler) o para quienes buscan un hogar urbano con personalidad propia. Se trata de un espectacular dúplex ubicado en una de las mejores zonas del casco histórico, repleto de encanto y listo para entrar a vivir o rentabilizar. Acceso a través de un portal señorial con suelos de mármol y un imponente portón clásico de madera que te da la bienvenida con pura distinción andaluza. La vivienda nos recibe con amplio salón de concepto abierto que se funde con una cocina de diseño atrevido. Destacan sus ornamentos tipo viga, paredes en contraste y una espectacular barra americana con taburetes, ideal para tus desayunos o para recibir visitas. salón exterior que da la calle con ventanal grande y cocina integrada en planta baja, subiendo las escaleras encontramos dos habitaciones y cuarto de baño completo.
11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.