Chalet independiente con piscina privada – Chiclana de la Frontera
SV01314 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 70m2
SV01314 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 70m2
Chalet independiente con piscina privada y parcela de 550 m² Una casa pensada para disfrutar del espacio, la tranquilidad y la vida al aire libre. Se trata de una vivienda prefabricada de una sola planta, levantada sobre una parcela cerrada de aproximadamente 550 m². Una opción práctica y de fácil mantenimiento, ideal tanto para vivir todo el año como para segunda residencia. En su interior encontramos un salón-comedor con cocina americana, luminoso y bien aprovechado, dos dormitorios y un baño completo. Una distribución sencilla y funcional, pensada para el día a día. Pero si algo enamora de esta casa es su exterior: piscina privada, porche cubierto, amplias zonas pavimentadas, espacio de césped artificial, aseo exterior y trastero. Todo ello con total privacidad y muchas posibilidades: comidas al aire libre, zona de juegos, rincón de lectura… o simplemente sol y piscina sin salir de casa. Cuenta además con aire acondicionado y acceso por calle asfaltada. Posibilidad de financiación hipotecaria, sujeta al estudio y aprobación de la entidad financiera. Ven a conocerla: este tipo de parcela con piscina no se queda mucho tiempo en el mercado.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.