PRECIOSO ÁTICO EN EL CENTRO CON GARAJE Y TRASTERO INCLUIDOS – El Puerto de Santa Maria
02307 | 1 Dormitorios | 1 Baños | 40m2
02307 | 1 Dormitorios | 1 Baños | 40m2
En una de las calles principales de la ciudad y en una finca nueva nos encontramos con un precioso ático de 1 dormitorio con terraza privada y amplio armario empotrado. El baño de buen tamaño, la cocina completamente nueva con las mejores calidades al igual que el resto de la vivienda y el salón luminoso y confortable. Toda la vivienda dispone de preinstalación de aire acondicionado central, además de splits de gran calidad independiente y chimenea propia. La comodidad de la vivienda y su magnífico estado para entrar a vivir se completan con una terraza de 40 m2 en la planta superior. Solarium, pérgola, ducha frío/calor, zona comedor, sillones.... un lujo. Dispone de todos los espacios para disfrutar de las estupendas temperaturas del Puerto la mayor parte del año. Como queremos seguir sumando comodidades a esta estupenda vivienda, dispone de garaje y trastero.
11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.