🏡 CASA CON DOS VIVIENDAS + GARAJE PRIVADO + AZOTEA CON BARBACOA EN MAYORAZGO – Chiclana de la Frontera
C00879 | 4 Dormitorios | 2 Baños | 187m2
C00879 | 4 Dormitorios | 2 Baños | 187m2
Magnífica vivienda unifamiliar distribuida en dos plantas, ideal para familias que buscan independencia o como inversión con alta rentabilidad. La propiedad cuenta con dos viviendas completas, una en cada planta, ambas con: ✔ Cocina independiente ✔ Amplio salón ✔ 2 dormitorios dobles ✔ Baño completo 🚗 Dispone de garaje cerrado con acceso directo a la vivienda, aportando comodidad y seguridad. 🌅 En la planta superior encontramos una espectacular azotea privada, perfecta para disfrutar todo el año: ✔ Zona de barbacoa de obra ✔ Amplio espacio para reuniones ✔ Área de relax 💡 Una vivienda versátil con múltiples posibilidades: Ideal para dos familias Posibilidad de vivir en una planta y alquilar la o Perfecta como inversión 📍 Ubicada en zona Mayorazgo, una de las áreas más demandadas de Chiclana de la Frontera, con todos los servicios a su alcance. 📞 No deje pasar esta oportunidad. ¡Contacte para más información o visita! 🔹 El precio no incluye gastos de compraventa, impuestos ni honorarios.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.