🏡 Piso en venta en San Diego – Sevilla – Sevilla
JBL01631 | 4 Dormitorios | 1 Baños | 83m2
JBL01631 | 4 Dormitorios | 1 Baños | 83m2
MagnĂfica vivienda situada en el barrio de San Diego, una zona consolidada y muy demandada de Sevilla, rodeada de colegios, supermercados, centros mĂ©dicos y todo tipo de servicios, ideal para el dĂa a dĂa de toda la familia. Además, cuenta con excelente comunicaciĂłn, con paradas de autobĂşs cercanas y prĂłxima a la futura lĂnea de metro, lo que facilita el acceso a distintos puntos de la ciudad. La vivienda cuenta con un gran salĂłn luminoso, perfecto para crear un espacio cĂłmodo y acogedor. Dispone de cocina amueblada, funcional y lista para su uso. El piso se distribuye en cuatro dormitorios, ofreciendo mĂşltiples posibilidades: dormitorios familiares, despacho, zona de estudio o habitaciĂłn de invitados. El edificio dispone de ascensor, aportando un extra de comodidad y accesibilidad. Una excelente oportunidad para quienes buscan amplitud, comodidad y una ubicaciĂłn práctica, bien comunicada y con todos los servicios a un paso. Las imágenes pueden incluir recreaciones digitales con fines orientativos. En cumplimiento de las obligaciones de informaciĂłn previstas Disp. final 3ÂŞ de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atenciĂłn a la clientela y transparencia, asĂ como en la normativa sectorial vigente, y RD 218/2005 de Inf. de la Junta de AndalucĂa, el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisiciĂłn, los cuales se desglosan estimados o con posibilidad de calcularlos a continuaciĂłn; los gastos más ajustados serán dados en el D.I.A./F.I.S. en la visita a inmuebles, o antes. *Gastos de NotarĂa: La Minuta se calculará segĂşn al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre del portal del Notariado. Enlace: *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripciĂłn se facturará segĂşn el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de GestiĂłn (GestorĂa): Los honorarios por la tramitaciĂłn administrativa, liquidaciĂłn de impuestos e inscripciĂłn registral ascienden de forma estimativa a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de informaciĂłn, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A./F.I.S. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita FinanciaciĂłn, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en AndalucĂa (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables segĂşn las circunstancias personales del comprador o las caracterĂsticas del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta.
41015 🏡 Piso en venta en San Diego – Sevilla – Sevilla(🏡 Piso en venta en San Diego – Sevilla – Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad AutĂłnoma de AndalucĂa junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de NotarĂa y Registro dependerán del precio final de la compraventa, nĂşmero de copias de la escritura, nĂşmero de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de NotarĂa y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a travĂ©s de la agencia, deberá abonar a Ă©sta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mĂnimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectĂşa una labor de intermediaciĂłn y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptaciĂłn expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalizaciĂłn del contrato.