🏡CASA DE DOS PLANTAS MUY CERCANA AL CENTRO CON 5 DORMITORIOS🏡 – Chiclana de la Frontera
FYM01008 | 5 Dormitorios | 1 Baños | 96m2
FYM01008 | 5 Dormitorios | 1 Baños | 96m2
Se ofrece vivienda de dos plantas, situada junto al centro, en una ubicación cómoda y cercana a todos los servicios. La vivienda se distribuye de la siguiente manera: Planta baja: dispone de un acogedor hall de entrada, cocina independiente, salón, dos dormitorios y un cuarto de baño equipado con plato de ducha. Primera planta: cuenta con dos dormitorios adicionales, un salón con cocina y acceso a una terraza. Este espacio ofrece además una gran versatilidad, ya que, según las necesidades del nuevo propietario, el salón podría convertirse en un dormitorio adicional, permitiendo adaptar la vivienda a diferentes tipos de familia o necesidades. La propiedad dispone también de una pequeña terraza exterior, perfecta para disfrutar de un espacio al aire libre. Una vivienda con amplitud, buena distribución y muchas posibilidades, ideal tanto como residencia habitual como para quienes buscan una propiedad con capacidad de adaptación y espacio adicional. Una oportunidad para vivir junto al centro y disfrutar de una vivienda que puede adaptarse a tus necesidades.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.