🔴PISO EN PLANTA BAJA EN LA SOLEDAD CON PLAZA DE GARAJE DOBLE Y 2 PATIOS🔴 – Chiclana de la Frontera
FYM01006 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 68m2
FYM01006 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 68m2
Te presentamos esta estupenda oportunidad de adquirir una vivienda situada en la zona de La Soledad, una de las áreas más demandadas y con una ubicación privilegiada, a escasos minutos del centro. Se trata de un piso en planta baja que destaca por su comodidad y por contar además con plaza de garaje doble, un valor añadido especialmente importante en esta zona. La vivienda se encuentra distribuida en dos habitaciones, salón, cocina y cuarto de baño, ofreciendo un espacio práctico y funcional, ideal tanto para quienes buscan su próximo hogar como para aquellos que desean realizar una inversión con buenas posibilidades. Su excelente ubicación permite disfrutar de la tranquilidad de la zona de La Soledad sin renunciar a la cercanía de todos los servicios, comercios y comodidades que ofrece el centro. Una oportunidad que no deberías dejar escapar si estás buscando una vivienda bien situada, cómoda, con plaza de garaje doble y dos patios. ¡Ven a visitarlo y descubre todo lo que este piso puede ofrecerte! 🔑🏠
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.