Adosado en Chiclana de la Frontera: Comodidad y Estilo a Solo 7.5 km del Mar 🌊 – Chiclana de la Frontera
1230GF | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 78m2
1230GF | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 78m2
REFERENCIA: 1230GF Descubre este acogedor adosado de dos plantas situado en la zona de Avenida de la Libertad, ideal para familias o parejas que buscan un hogar listo para entrar a vivir. Con una superficie construida de 78 m² y útil de 71 m². Esta propiedad cuenta con tres dormitorios; una habitación principal 🛏️, además de otras dos habitaciones sencillas perfectas para niños o como oficinas. La cual una de ellas está actualmente adaptada como vestidor 📚. Disfruta del confort adicional proporcionado por su baño completo 🚿 y aseo en planta baja 💧. La vivienda destaca por su zona exterior donde podrás relajarte 🍃; incluye una terraza perfecta para disfrutar al aire libre durante los meses cálidos con una zona de armarios para almacenaje☀️. Su ubicación es privilegiada ya que se encuentra cerca colegios 🎓, áreas infantiles 👶🏽🚸 e instalaciones deportivas ⚽♂️. A solo 7500 metros del mar ⛵🌴 te permitirá acceder fácilmente a las playas más hermosas sin renunciar a la tranquilidad residencial.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.