AMPLIA OFICINA DE ALQUILER EN PLENO CENTRO DE JEREZ – Jerez de la Frontera
AL4539 | 100m2
AL4539 | 100m2
Presentamos esta excepcional oficina de alquiler, ubicada en el corazón del centro de Jerez. Con un diseño funcional y moderno, la propiedad cuenta con aire acondicionado centralizado, que garantiza una climatización óptima durante todo el año, y ventiladores en cada despacho aportando frescura adicional cuando sea necesario. Dispone de 3 despachos independientes, ideales para fomentar la productividad, así como una amplia zona destinada a archivos, que facilita la organización documental. La distribución incluye 2 aseos y una acogedora sala de espera para recibir visitas o clientes. Con bonitas vistas urbanas desde las amplias ventanas. Además del gran patio privado donde podrás relajarte o realizar pequeñas pausas laborales al aire libre. Para mayor comodidad del usuario hay disponibles dos ascensores dentro del edificio. El servicio de conserjería proporciona atención personalizada lo largo de la mañana. La ubicación es perfecta ya que está próxima a parking público facilitando el acceso tanto a empleados como visitantes; además se encuentra en perfecto estado listo para entrar sin necesidad alguna previa intervención. Con la posibilidad de alquilar con o sin muebles. ¡LLÁMANOS Y TE LO ENSEÑAMOS!
11402 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.