Ático exclusivo en el corazón del Centro Histórico de Sanlúcar de Barrameda – Sanlucar de Barrameda
RM00191 | 2 Dormitorios | 2 Baños | 71m2
RM00191 | 2 Dormitorios | 2 Baños | 71m2
Descubre este magnífico ático situado en pleno corazón del Centro Histórico de Sanlúcar de Barrameda, en una de las calles más cotizadas y con mayor encanto del Barrio Alto. A sus 71 m² construidos de vivienda se añade una espectacular terraza privada de 14 m², un auténtico valor añadido que amplía las posibilidades de disfrutar del hogar. Un espacio exterior muy íntimo y acogedor, perfecto para organizar reuniones con familiares y amigos, compartir comidas al aire libre o relajarse con total privacidad en pleno centro histórico. El inmueble cuenta con dos amplios dormitorios y dos baños completos, uno de ellos integrado en el dormitorio principal en formato suite, aportando un extra de comodidad e intimidad. Además, dispone de una cocina independiente, práctica y funcional, ideal para el día a día, y **plaza de garaje**, un valor añadido especialmente práctico al encontrarse en pleno centro. Su excelente ubicación te permitirá vivir rodeado de historia, cultura y todos los servicios necesarios, a escasos minutos de comercios, restaurantes, plazas emblemáticas y el ambiente más auténtico de Sanlúcar. Una oportunidad única para quienes buscan una vivienda con carácter, una ubicación privilegiada, **plaza de garaje** y el privilegio de disfrutar de un espectacular espacio exterior en pleno centro de la ciudad. Transparencia de precio, impuestos y honorarios: El precio publicado corresponde únicamente al precio de venta del inmueble y no incluye impuestos, gastos de compraventa ni honorarios a cargo del comprador. Impuestos: ITP o IVA+AJD (según la naturaleza de la transmisión). En Andalucía, en segundas transmisiones el ITP es 7% con carácter general, pudiendo aplicarse tipos reducidos (6% o 3,5%) si se cumplen requisitos. Base del impuesto: con carácter general, la base será la mayor entre el precio declarado y el valor de referencia (según normativa aplicable).Gastos de compraventa: notaría, registro y, en su caso, gestoría (desde 1.500EUR orientativo, según operación). Honorarios comprador (no incluidos): 3% + IVA, con mín. 4.000EUR + IVA si precio 133.500EUR. Se informan y aceptan por escrito (hoja de encargo/servicios) antes de la visita y de cualquier gestión vinculada a la compra. Ficha informativa (Decreto 218/2005) a disposición del interesado. Fuentes oficiales: información tributaria y valor de referencia disponibles en fuentes oficiales de la Junta de Andalucía y se facilitan a quien lo solicite.
11540 Sanlucar de Barrameda(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.