Ático exclusivo en el Puerto de Sotogrande – Plaza de los Naranjos. – Sotogrande
01SO | 3 Dormitorios | 2 Baños | 115m2
01SO | 3 Dormitorios | 2 Baños | 115m2
Ático exclusivo en el Puerto de Sotogrande – Plaza de los Naranjos. Elegante ático situado en la prestigiosa Plaza de los Naranjos, en pleno corazón del exclusivo Puerto de Sotogrande. Su ubicación privilegiada permite disfrutar del ambiente sofisticado del puerto deportivo, rodeado de restaurantes, boutiques y zonas de ocio, a escasos pasos del reconocido KE Sotogrande y muy cerca de la espectacular Playa de Guadiaro. La vivienda cuenta con 115 m² perfectamente distribuidos, donde la luz natural y la amplitud son protagonistas. Dispone de tres dormitorios, dos baños completos, cocina independiente y un amplio salón-comedor que conecta con el exterior. Uno de los grandes atractivos de esta propiedad son sus dos magníficas terrazas privadas, perfectas para relajarse, disfrutar de cenas al aire libre o contemplar el ambiente exclusivo del puerto. Vivir en Sotogrande significa disfrutar de un entorno privilegiado donde se combinan mar, gastronomía, deporte y exclusividad en un ambiente incomparable.
11360 Sotogrande(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.