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Casa en Carmona

Venta Casa

V7085 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 365m2

230.000€

Descripción

Sobre una Parcela de 2938 metros encontramos esta casa construida en una sola planta. Muy Cómoda y Funcional con además y externas una Nave industrial más dos trasteros muy amplios. La casa tiene alrededor de 70 metros cuadrados construidos. En ella encontrarás dos habitaciones muy tranquilas, luminosas, acogedoras. Salón amplio, muy agradable, el lugar ideal para reunirse con familiares y amigos o para pasar esos ratos de ocio. Baño completo con placa de ducha y mampara. Cocina en buen estado y lista para su uso. El lugar donde todos los cocinillas querrán estar. Además cuenta una piscina y bastantes zonas de Recreo o de cultivo. Tienes una Nave diáfana que tiene 200 metros apróximadamente y dos trasteros uno de 80 metros y el otro de 40 metros. Muy cerquita de Brenes y con muy buenas comunicaciones. Urbanización Cerrada. Un Hogar para Vivir. Te acompañaremos, informaremos y estaremos a tú lado durante todo el proceso de compra para que te resulte lo más fácil posible obtener tú Casa. *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Enlace: https://notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral están incluidos de forma estimativa, aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucia.enlace:https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html;

  • Casa
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 230.000€
    Precio
  • V7085
    Referencia
  • 2
    Dormitorios
  • 1
    Baños
  • 0
    Aseos
  • Casa en Carmona
    Ciudad
  • 2007
    Año de Construcción
  • 365m2
    Superficie
  • 365m2
    Construida
  • 65m2
    Útiles
Características
  • Garaje
  • Piscina
  • Trastero
  • Jardín
  • Luminoso
  • Calificación Energética:
Localización

41410 Casa en Carmona(Casa en Carmona)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.