CASA EN URBANIZACION LAS PEDRIZAS DE SAN BERNABE – JUNTO COLEGIO ADALIDES – Algeciras
HPPEDRIZAS | 4 Dormitorios | 2 Baños | 130m2
HPPEDRIZAS | 4 Dormitorios | 2 Baños | 130m2
CASA EN URBANIZACION LAS PEDRIZAS DE SAN BERNABE - JUNTO COLEGIO ADALIDES LA CASA CONSTA DE 4 DORMITORIOS, 2 BAÑOS, PATIO TRASERO MUY AMPLIO, COCINA AMUEBLADA Y EQUIPADA, PATIO DELANTERO QUE HACE FUNCION DE GARAJE LA URBANIZACION CONSTA DE PISCINA COMUNITARIA Y ZONAS VERDES En cumplimiento del decreto de la Junta de Andalucía 218-2005 del 11 de octubre, se informa a los clientes que los gastos notariales, registrales y I. T. P. honorarios de intermediación ( Honorarios de inmobiliaria Hipocasa, 3º% del precio de venta mas I.V.A. con un mínimo de 4.000 euros mas IVA) no están incluidos en el precio. Le recordamos que como consumidor tiene derecho a que se le informe y entregue la documentación informativa que corresponda, según el caso, en base a lo dispuesto en el Decreto 218/05 de 11 de octubre que regula el Reglamento de Información al Consumidor en la compra-venta y arrendamiento de viviendas en Andalucía
11204 Algeciras(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.