CASA EN URBANIZACIÓN PRIVADA CON GARAJE EN GABRIEL MIRÓ – La Linea de la Concepcion
PC0041BC | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 203m2
PC0041BC | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 203m2
CASA EN URBANIZACIÓN PRIVADA CON GARAJE EN GABRIEL MIRÓ Ubicada en una de las zonas más demandadas, esta vivienda en primera planta dentro de una urbanización privada ofrece comodidad, amplitud y un entorno tranquilo sin renunciar a la cercanía de todos los servicios. Cuenta con tres dormitorios, todos con buena entrada de luz natural, y dos baños completos, pensados para facilitar el día a día de una familia. El salón comedor es amplio y también dispone de cocina independiente. Incluye plaza de garaje, lo que garantiza un plus de comodidad y seguridad. Una vivienda equilibrada, funcional y con múltiples posibilidades en una ubicación excelente, a un paso del centro y del mar. Por mandato expreso del propietario se comercializa este inmueble en exclusiva, se ruega no molestar. Gastos de la compraventa y honorarios de la agencia NO incluidos.
11300 La Linea de la Concepcion(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.