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CHALET A LA VENTA EN EL CHAPARRITO – Jerez de la Frontera

Venta Chalet

C10A0276 | 9 Dormitorios | 2 Baños | 2 Aseos | 2.842m2

380.000€

Descripción

Magnifico chalet independiente a la venta a 7 minutos de la Barca de la Florida. Consta de una parcela de 2500 m2 y sobre ella se asienta un casa en dos plantas de 342 m2. En su planta baja encontramos un amplio salón con chimenea , cocina independiente con amplia despensa , dos baños completos, 5 dormitorios dobles y un amplio porche a la entrada de la vivienda. En planta alta, encontramos una gran zona diáfana , 4 dormitorios y una aseo. En el jardín encontramos el merendero, una pista deportiva, y la piscina privada. No lo dude, llámenos e infórmese sin compromiso.

  • Chalet
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 380.000€
    Precio
  • C10A0276
    Referencia
  • 9
    Dormitorios
  • 2
    Baños
  • 2
    Aseos
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • 1983
    Año de Construcción
  • 342m2
    Superficie construida
  • 2500m2
    Superficie parcela
  • 320m2
    Superficie útil
Características
  • Armarios empotrados
  • Balcón
  • Jardín
  • Piscina Privada
  • Buhardilla
  • Árboles
Localización

11400 Jerez de la Frontera(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.