CHALET EN PAGO SOLETE BAJO – Jerez de la Frontera
C10A0733 | 4 Dormitorios | 3 Baños | 2.182m2
C10A0733 | 4 Dormitorios | 3 Baños | 2.182m2
Tu refugio en la naturaleza, a un paso de todo. Descubre este chalet en Pago Solete Bajo, una ubicación tranquila y rodeada de vegetación, perfecta para quienes buscan calidad de vida sin renunciar a la cercanía del centro de Jerez y las principales vías de acceso hacia Sevilla, el Campo de Gibraltar o las playas. En una amplia parcela de 1.950 m² con vistas al río Guadalete, se levanta esta magnífica casa de 232 m² construidos, diseñada para disfrutar de la luz, los espacios abiertos y la comodidad. En su distribución se aprecia el buen trabajo del arquitecto que la diseñó: Planta baja: un elegante hall a doble altura con escalera, un gran salón en forma de L con chimenea, cocina independiente y un dormitorio con baño en suite; Planta alta: 3 dormitorios, 2 baños y una terraza con preciosas vistas. Además, dispone de un gran porche para vivir al aire libre y compartir momentos inolvidables. Lo mejor de los dos mundos: Un hogar rodeado de naturaleza, con la paz que siempre soñaste, pero con la ventaja de estar perfectamente conectado con la ciudad y su entorno. Ven a conocerlo. Es el lugar perfecto para construir tu hogar familiar o tu refugio de descanso. Contáctanos y agenda tu visita hoy mismo.
11406 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.