Chalet Urbano en Cerromolinos. – Chiclana de la Frontera
01827 | 3 Dormitorios | 2 Baños | 132m2
01827 | 3 Dormitorios | 2 Baños | 132m2
Chalet en una zona privilegiada de Chiclana de la frontera, ideal tanto para vivir todo el año como para temporadas de vacaciones, a escasos minutos de la Playa de La Barrosa. En una parcela de aproximadamente 500metros cuenta con una fantástica piscina, un cuarto trastero y la vivienda. En cada rincón de está bonita parcela vivirás momentos inolvidables, disfrutando de la naturaleza y la tranquilidad. La vivienda se distribuye en porche de entrada, salón comedor con chimenea y cocina americana, dormitorio de matrimonio, cuarto de baño con ducha, un dormitorio doble con baño en suite, cuenta con un dormitorio un poco mas pequeño que puedes usarlo bien de dormitorio individual o convertirlo en un fantástico vestidor. No dudes llamarnos y visitar la vivienda!!!!! En ella vas a disfrutar momentos inolvidables !!!!! En cumplimiento del Decreto de la Junta de Andalucía 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, impuestos, honorarios de la agencia ( 3% + IVA ) y otros gastos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.