EXCELENTE NAVE EN PARQUE EMPRESARIAL – Jerez de la Frontera
C10A0615 | 2.012m2
C10A0615 | 2.012m2
Excelente edificio en el Parque Empresarial, una situación inmejorable para diversas actividades como producción o comercial. El edificio es singular ya que dispone de varias zonas con tipologías tan diferentes como una nave de casi 500 m2. de casi 9 m. de altura, un local adaptado como bar-restaurante con terraza y tres plantas de oficinas acondicionadas. Se asienta sobre una parcela de 1.149 m2. El sitio y las instalaciones más idóneos para su negocio o bien para invertir en rentabilidad ya que las tres tipologías con accesos independientes permite alquilar por zonas perfectamente diferenciadas y así obtener la máxima rentabilidad. ¡¡Toda una oportunidad en la mejor zona de Jerez y a un precio excepcional!!
11407 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.