FINCA CON 3 VIVIENDAS EN RAJAMANCERA (JUNTO A LA INA) – Jerez de la Frontera
SH12450 | 7 Dormitorios | 4 Baños | 604m2
SH12450 | 7 Dormitorios | 4 Baños | 604m2
Ocasión!! Se vende FINCA rustica de mas de 5 hectáreas de REGADIO con 3 viviendas en su interior recogidas en catastro, con escrituras de la finca completa. La finca se ubica en la pedanía de RAJAMANCERA, muy bien situada dentro de ella, en primera línea. Dentro de ella, nos encontramos lo siguiente: - CASA REFORMADA, construida nueva en 2.010 aprox y en perfecto estado, para entrar a vivir. Se distribuye por un amplio porche delantero, recibidor, aseo, gran salón con preciosas vistas, cocina completa, 3 dormitorios dobles con armarios empotrados, baño completo y acceso a patio trasero central. - 2ª VIVIENDA, para reformar. distribuida en 2 dormitorios, salón, cocina, baño, cochera y varias dependencias ocupando un total de 278 metros. - PATIO CENTRAL de mas de 350 metros donde existen varias dependencias o cuartos de aperos. - 3ª VIVIENDA, a reformar, también recogida en catastro. - 4,7 HECTAREAS de Regadío, actualmente cultivadas con Girasol. - Suelo rustico de regadío de 4.076 m, actualmente cultivado con girasoles.
11595 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.