GARAJE CERRADO ZONA HORNOS PUNICOS – San Fernando
A70-G159 | 31m2
A70-G159 | 31m2
¡Descubre la oportunidad perfecta para asegurar tu vehículo en San Fernando! 🚗💨 Te presentamos este garaje cerrado ubicado en la zona de Hornos Púnicos. Con una superficie útil de 31 m², tendrás el espacio ideal para proteger tu coche y mantenerlo a salvo de las inclemencias del tiempo. 🌦️. Tiene el tamaño para 2 coches pequeños o un coche y varias motos.Sino debido a su gran tamaño se podría usar parte como trastero/almacenaje. Además, su ubicación estratégica te ofrece fácil acceso a principales vías y servicios locales. No pierdas más tiempo buscando aparcamiento; esta es la solución que estabas esperando. Disponemos del Documento Informativo Abreviado de la propiedad (D.I.A), según Decreto 218/2005, de 11 de octubre. La Agencia Inmobiliaria también dispone de Seguro de Caución, para la garantía y protección de las cantidades económicas entregadas como señal para la reserva de una vivienda Así mismo, informamos que los gastos Notariales, Registrales, ITP, Honorarios de la Agencia y otros gastos inherentes a la compraventa no está incluidos en el precio.
11100 San Fernando(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.