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Icovesa, 4 dormitorios con ascensor – Jerez de la Frontera

Venta Piso

sh12194 | 4 Dormitorios | 1 Baños | 78m2

128.000€

Descripción

Maravilloso piso en zona de Icovesa, amplio y en buen estado. La vivienda consta de 4 habitaciones (3 completas y una que se utiliza como vestidor con un gran armario empotrado), cocina completa con electrodomésticos y baño con plato ducha. Planta 5º con ascensor, solo 2 vecinos por planta, zona muy comercial y tranquila. Agua incluida en la comunidad. La vivienda se encuentra alquilada por un importe de 550€/mes y la compra se realizaría con el inquilino. Inquilino solvente, con pagos puntuales demostrables.

  • Piso
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 128.000€
    Precio
  • sh12194
    Referencia
  • 4
    Dormitorios
  • 1
    Baños
  • 0
    Aseos
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • 1968
    Año de Construcción
  • 78m2
    Superficie
  • 78m2
    Construida
  • 69m2
    Útiles
  • 18m2
    Salón
Características
  • Ascensor
  • Amueblado
  • Armario Empotrado
Localización

11404 Jerez de la Frontera(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.