INVERSION EN LA PLAYA – El Puerto de Santa Maria
W00428-25256 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 111m2
W00428-25256 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 111m2
PRECIO DE VENTA: [230.000 + GASTOS] € Oportunidad de Inversión en El Puerto de Santa María Presentamos una propiedad con alto potencial de transformación, ideal para segregación o vivienda turística multinivel. Con 55 m² por planta, su estructura permite maximizar la rentabilidad en el corazón de la ciudad. ALGUNAS DE ESTAS FOTOGRAFIAS HAN SIDO RETOCADAS CON IA Distribución Estratégica: Planta Baja (Concepto Loft): Actualmente almacén con baño. Espacio diáfano perfecto para un Loft de diseño industrial con acceso directo desde la calle y techos altos. Primera Planta (Turístico): Espacio versátil para proyectar hasta 3 habitaciones independientes. Ideal para alquiler vacacional de gran capacidad o por habitaciones. Terraza con Potencial: Espacio superior ideal para crear un solárium, zona chill-out o wellness, un reclamo imprescindible para el turismo en Cádiz. Puntos Clave para el Inversor: Plusvalía Inmediata: Cambio de uso de almacén a vivienda (sujeto a normativa). Facilidad de Reforma: Acometidas de agua y saneamiento ya existentes en planta baja. Versatilidad: Gestión como dos unidades independientes o una sola propiedad de lujo. Ubicación estratégica con alta demanda constante durante todo el año. ¡Un lienzo en blanco para tu próximo proyecto inmobiliario! En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: •Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía, generalmente el 7% (16.100€), sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. •Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. •Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. •Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden aproximadamente a [545] € (IVA incluido). •Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. •Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html; Documento D. I. A. a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.
11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.