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LOCAL COMERCIAL CON ESCAPARATE EN ZONA ZAPORITO – CALLE MARCOS – San Fernando

Alquiler Local comercial

CF-02255 | 80m2

800€

Descripción

🔹 LOCAL COMERCIAL EN ALQUILER – ZONA CONSOLIDADA Se alquila local comercial con escaparate a pie de calle, ubicado en una zona muy consolidada y con buen tránsito, lo que le aporta una excelente visibilidad para cualquier tipo de actividad. El local dispone de 5 estancias independientes, lo que permite una gran versatilidad de uso, además de baño completo. Su distribución lo convierte en un espacio muy polivalente, ideal para distintos tipos de negocio. ✨ Posibilidades de uso: Tienda o comercio de atención al público Oficina profesional o despacho Obrador o actividad de producción ligera Centro de servicios o actividad especializada Academia, estética o clínica 🧭 Características: Escaparate a calle con visibilidad 5 estancias bien diferenciadas Baño Espacio adaptable a múltiples actividades Zona comercial consolidada 💰 Precio de alquiler: 800 € / mes Una oportunidad interesante para establecer un negocio en un entorno con actividad y posibilidades reales de adaptación según necesidad.

  • Local comercial
    Tipo de Propiedad
  • Alquiler
    Disponibilidad
  • 800€
    Precio
  • CF-02255
    Referencia
  • San Fernando
    Ciudad
  • 1988
    Año de Construcción
  • 80m2
    Superficie
  • 80m2
    Construida
  • 76m2
    Útiles
Localización

11100 San Fernando(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.