LOCAL COMERCIAL EN VENTA – Bollullos de la Mitacion
W00428-25184 | 81m2
W00428-25184 | 81m2
Local comercial de 81 m² en Polígono El PiboSe vende amplio local comercial de 81 m² construidos situado en el Polígono Industrial El Pibo, una zona con gran actividad empresarial y excelentes comunicaciones.El local dispone de dos accesos directos desde fachada, lo que permite diferentes usos o la posibilidad de dividir el espacio. Cuenta con grandes ventanales, que aportan mucha luz natural y una excelente visibilidad desde el exterior, ideal para escaparate o zona de atención al público.Espacio diáfano, fácilmente adaptable a distintas actividades: tienda, oficina, almacén, taller, etc.Buena oportunidad tanto para inversión como para desarrollar tu propio negocio.Honorarios de la agencia inmobiliaria, impuestos (el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, IVA oAJD, en su caso), otros gastos de la compraventa (gastos de registro de la Propiedad, Notaría, gestoría ni de posible financiación). Documento DIA a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.
41110 LOCAL COMERCIAL EN VENTA – Bollullos de la Mitacion(LOCAL COMERCIAL EN VENTA – Bollullos de la Mitacion)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.