LOCAL TERMINADO CÉNTRICO – Jerez de la Frontera
C10A0793 | 141m2
C10A0793 | 141m2
Magnífico local de aproximadamente 140 m², totalmente reformado y cuidado al detalle, situado en el centro de jerez. La propiedad cuenta con una amplia sala principal y tres salas independientes, ofreciendo una distribución muy versátil y funcional, además de dos aseos, zona de lavadero y un pequeño patio-jardín privado. Dispone de dos accesos desde la calle: uno peatonal y otro con posibilidad de acceso de vehículos, contando además con parking interior, un valor añadido especialmente interesante en la zona. Por su amplitud, distribución y características, es un espacio que ofrece múltiples posibilidades para desarrollar diferentes actividades profesionales o empresariales. Asimismo, por sus características, podría estudiarse su transformación en vivienda, ya sea para uso propio, alquiler u otros proyectos, siempre sujeto a la correspondiente viabilidad urbanística, proyecto y autorizaciones administrativas. Una propiedad versátil, totalmente reformada y con diferentes posibilidades de uso, tanto para quien busca un espacio profesional ya acondicionado como para quien busca una inversión con potencial de futuro. Una oportunidad para adquirir una propiedad con espacio, privacidad, parking y muchas posibilidades de adaptación. Para más información o concertar una visita, contacte con nosotros.
11403 Jerez de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.