MACARENA-RONDA DE PÍO XII. Piso con reformas de 3 dormitorios – Sevilla
70866 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 63m2
70866 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 63m2
MACARENA-RONDA DE PÍO XII. Piso con reformas de 3 dormitorios( uno adaptado actualmente como vestidor), salón ampliado con terraza cerrada por carpintería de aluminio, baño con jacuzzi y cocina amueblada., aire acondicionado, suelos porcelánicos y buena distribución que optimiza el espacio ya que no hay pasillos inútiles.Se trata de una vivienda confortable, exterior y a un precio económico que le permitiría poder tener su propiedad por menos dinero al mes de lo que le supondría su alquiler. No deje de intentar ser propietario de un hogar en una zona consolidada y, plenamente dotada de servicios: Hospital, residencia de ancianos, guarderías, colegios, supermercados y una muy fluida red de transporte público que le acercan a los cuatro puntos cardinales de la ciudad. Informamos a nuestros clientes compradores que en el precio de venta no incluye: Impuestos ( I.T.P, I.V.A o A.J.D. en su caso) ni otros gastos de la compra-venta tales como Registro de la Propiedad, Notaría y Gestoría, así como tampoco honorarios por parte del comprador correspondientes a la gestión e intermediación en la compra.
41008 MACARENA-RONDA DE PÍO XII. Piso con reformas de 3 dormitorios – Sevilla(MACARENA-RONDA DE PÍO XII. Piso con reformas de 3 dormitorios – Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.