MAGNÍFICO PISO EN SOR ÁNGELA DE LA CRUZ – Chiclana de la Frontera
2326FMH | 3 Dormitorios | 1 Baños | 86m2
2326FMH | 3 Dormitorios | 1 Baños | 86m2
¡Fantástico piso con azotea privada en Sor Ángela de la Cruz! Si buscas una vivienda cómoda, luminosa y lista para entrar a vivir y cercano al centro, esta es una excelente oportunidad. La vivienda, ubicada en una primera planta sin ascensor, cuenta con una distribución muy funcional. Dispone de un amplio salón-comedor, una cocina completamente equipada, tres dormitorios, destacando dos de ellos por sus armarios empotrados, un práctico vestidor y un baño completo con moderna placa de ducha. Uno de sus grandes atractivos es su azotea privada, de aproximadamente 36 m², un espacio ideal para disfrutar del aire libre y crear tu propia zona de relax. Además, dispone de un trastero, aportando un valioso espacio de almacenamiento. Su excelente ubicación, en una zona consolidada y con todos los servicios al alcance (colegios, supermercados, comercios, transporte público y zonas de ocio), la convierte en una opción perfecta tanto como vivienda habitual como inversión. No dejes pasar esta oportunidad. ¡Ven a visitarlo y descubre todo lo que este piso puede ofrecerte! Precioso PISO en PRIMERA PLANTA de 86 m² construidos (65 m² útiles) que consta de 3 dormitorios, salón-comedor, cocina, baño y vestidor. Además, cuenta con una zona privada en la azotea del edificio, donde también encontramos un práctico trastero. ¡VEN A VISTARLO! Este puede ser su nuevo hogar.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.