Magnífico Solar para Construirte tu Propia Casa. Muy bien situado en La Algaba. – La Algaba
V7042 | 0m2
V7042 | 0m2
Cuentas con un Solar situado al lado del parque municipal y policía local, de alrededor de 85 metros cuadrados. En el podrás construir la casa de tus sueños. Independiente, con garaje, jardin, barbacoa, o con todo lo que puedas soñar. Puedes construir 137 metros cuadrados en dos plantas si deseas. Está situado en un enclave de claro crecimiento, expansión y con constante revalorización. Incluso puede ser ideal como inversión. La zona es muy tranquila y muy cerca todos los servicios y comodidades que puedas necesitar, tales como, bares, restaurantes, gimnasios, colegios, médicos, farmacias, todo para tener una Gran Calidad de Vida. Pregúntanos y te ampliaremos información. Visítalo sin compromiso. Gastos de impuestos, notaria, registro, honorarios agencia No incluidos en precio. d.i.a (documento informativo abreviado) a disposición del consumidor.
41980 Magnífico Solar para Construirte tu Propia Casa. Muy bien situado en La Algaba. – La Algaba(Magnífico Solar para Construirte tu Propia Casa. Muy bien situado en La Algaba. – La Algaba)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.