Oportunidad de Inversión: Parcela Urbana de 746 Metros en Zona Estratégica – Chiclana de la Frontera
SV01192 | 0m2
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🌟 Esta es tu oportunidad para invertir en el futuro. Te ofrecemos una **parcela urbana** única, con un área total de **746 metros cuadrados**, situada estratégicamente en el corazón del desarrollo urbano. Este terreno permite la construcción de hasta **19 viviendas exclusivas**, lo que representa una excelente posibilidad para aquellos inversores visionarios 🌼. La ubicación privilegiada garantiza fácil acceso al transporte público 🚍 y se encuentra a escasos minutos de reconocidas instituciones educativas 🎓 y tiendas variadas que enriquecerán su experiencia diaria 💳. Con una creciente demanda por propiedades en esta zona, no puedes dejar pasar esta valiosa inversión 🌆; contáctanos hoy mismo 📞 para conocer todos los detalles sobre este inmueble exclusivo e informado acerca del potencial desarrollo 😎. ¡Consúltanos sin compromiso! Las oportunidades como estas son cada vez más raras dentro del vibrante centro donde deseas estar!
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.