Parcela de 2.750 metros en Pinar de Coig – El Puerto de Santa Maria
N1086 | 0m2
N1086 | 0m2
Amplia parcela de 2.750 m² en Pinar de Coig, El Puerto de Santa María, en un entorno tranquilo y rodeado de naturaleza. La parcela destaca por su abundante arbolado, principalmente pinos de gran porte, que se distribuyen por todo el terreno creando un entorno natural, agradable y con mucha sombra. Cuenta con diferentes zonas despejadas entre los árboles, lo que permite disfrutar de un amplio espacio exterior y ofrece múltiples posibilidades para crear diferentes ambientes. El terreno presenta una configuración prácticamente llana y se encuentra integrado en un entorno de carácter residencial y natural, proporcionando una agradable sensación de privacidad y tranquilidad. Dispone además de agua de pozo, un recurso muy interesante para el mantenimiento del terreno y sus zonas ajardinadas. Una parcela con una superficie difícil de encontrar, ideal para quienes buscan espacio, naturaleza y tranquilidad, sin renunciar a la cercanía de El Puerto de Santa María. Un lugar con muchas posibilidades para diseñar y disfrutar de un amplio espacio exterior adaptado a las necesidades de cada propietario.
11500 El Puerto de Santa Maria(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.