PARCERA URBANA CERCA DEL ALMENDRAL – Chiclana de la Frontera
C00878 | 147m2
C00878 | 147m2
Se vende magnífica parcela urbana situada en la zona de Rueda la Bota, en Chiclana de la Frontera, una de las áreas más demandadas por su tranquilidad y cercanía a todos los servicios.(PENDIENTE DE APROBACION DEL P.O.U PARA PODER EDIFICAR). La parcela cuenta con una superficie de 540 metros cuadrados, ideal para la construcción de una vivienda unifamiliar a medida de 189 metros mas sotano, con espacio suficiente para jardín, piscina o zona de ocio. Su clasificación como suelo urbano permite edificar con todas las garantías y facilidades, lo que la convierte en una excelente oportunidad tanto para residencia habitual como para segunda vivienda. Ubicada en un entorno consolidado y bien comunicado, la zona de Rueda la Bota ofrece un ambiente residencial agradable, con fácil acceso a comercios, colegios y a pocos minutos de las playas de la costa gaditana. Una oportunidad única para construir la casa de tus sueños en un enclave privilegiado. Gastos de compraventa y honorarios no incluidos en el precio. En cumplimiento del decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía, se pone en conocimiento de nuestros clientes que en el precio reflejado en el anuncio no están incluidos los gastos inherentes a la compraventa, tales como notaría, registro, ITP, los honorarios de la agencia y otros.
11130 Chiclana de la Frontera(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.