PISO DE TRES HABITACIONES EN ZONA DE LA LAGUNA CERCA DE LA PLAYA VICTORIA – Cadiz
VEL001305758 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 84m2
VEL001305758 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 84m2
Descubre este encantador piso en La Laguna, una de las zonas más cotizadas de Cádiz, donde la cercanía a la famosa Playa de la Victoria se combina con la comodidad de tener todos los servicios a tu alcance. Desde comercios y restaurantes hasta paradas de autobús, todo lo que necesitas está a solo unos pasos. Situado en una primera planta, este hogar destaca por su luminosidad y su acceso a través de un amplio distribuidor que te da la bienvenida. La cocina independiente, equipada con una despensa, es perfecta para los amantes de la gastronomía, mientras que el amplio salón comedor exterior ofrece un espacio ideal para disfrutar de momentos en familia o con amigos. Este piso cuenta con tres habitaciones exteriores, siendo la principal especialmente amplia, lo que garantiza un descanso placentero y privado. Además, el cuarto de baño, equipado con una práctica placa de ducha, añade un toque de funcionalidad y comodidad. Con muy poca reforma, puedes transformar este espacio en el hogar de tus sueños, ya sea como inversión o como residencia permanente. No dejes pasar la oportunidad de adquirir un inmueble en una ubicación privilegiada que promete calidad de vida y un sin fin de posibilidades. ¡Contáctanos y ven a verlo! *Informamos a nuestros clientes de que los gastos de notaría, registro, gestoría, impuestos y los honorarios de la agencia no están incluidos en el precio. A su vez, disponemos de la ficha informativa abreviada de la propiedad (según decreto 218/2005, del 11 de octubre) y de seguro de caución, para la protección del dinero entregado como señal para la reserva de una vivienda o inmueble. Operación sujeta a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3% del precio de la compraventa, más IVA del 21%. Los gastos aproximados de Notaría y Registro se cifran entre 800€ y 1600€, el importe exacto dependerá del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato. El consumidor tiene a su disposición la ficha informativa de la vivienda. Periodo de validez hasta 31/12/2026
11010 Cadiz(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.