Piso en Sevilla
AMATE001 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 114m2
AMATE001 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 1 Aseos | 114m2
**VPO** El comprador deberá reunir los siguientes requisitos y obligaciones: 1. Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente. 2. No tener otra vivienda en propiedad o poseerla en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio. 3. Sus ingresos familiares ponderados no podrán superar en siete veces el IPREM para Precio Limitado (50.000€ brutos anuales, aproximadamente). Descubre este espectacular piso de 114 m², ideal para quienes buscan comodidad y estilo. Ubicado en la primera planta de un edificio con ascensor, este hogar cuenta con tres amplios dormitorios, perfectos para descansar y disfrutar. La carpintería lacada en blanco y los suelos de tarima flotante aportan un toque moderno y acogedor a cada rincón. Imagina relajarte en la piscina o pasear por el jardín después de un largo día. Además, el piso incluye un trastero y una plaza de garaje en el sótano, lo que te brinda un espacio extra para almacenar tus pertenencias. Con dos baños bien distribuidos, la funcionalidad está garantizada. Este inmueble de segunda mano, construido en 2002, se encuentra en buen estado y listo para ser habitado. El aire acondicionado te asegurará un ambiente fresco en los días calurosos. No dejes pasar la oportunidad de vivir en un lugar que combina confort y calidad de vida. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas Disp. final 3ª de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, y RD 218/2005 de Inf. de la Junta de Andalucía, el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan estimados o con posibilidad de calcularlos a continuación; los gastos más ajustados serán dados en el D.I.A.- F.I.S en la visita a inmuebles, o antes. *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre del portal del Notariado. Enlace: https://notariared.com/calculadora-gastos-compra-vivienda/ *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Igual enlace anterior *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. *Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Si necesita Financiación, su banco le informará *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucía. Enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
41006 Piso en Sevilla(Piso en Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.