Piso en venta en Sevilla – Barrio Villegas. – Sevilla
VCS01 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 87m2
VCS01 | 3 Dormitorios | 1 Baños | 87m2
Se vende estupendo piso en primera planta sin ascensor situado en el barrio de Villegas, Sevilla. La vivienda se encuentra en una ubicación muy cómoda, justo frente al ambulatorio y al Colegio La Milagrosa, ideal para familias o como inversión. El piso cuenta con 3 dormitorios, un salón amplio y luminoso con salida a un gran balcón, cocina amueblada, y baño completo. Gracias a su distribución, la vivienda resulta cómoda y funcional. Dispone de aire acondicionado, lo que garantiza confort durante todo el año. El balcón amplio en el salón aporta mucha luz natural y un espacio exterior agradable. La comunidad tiene un coste muy económico, solo 20 € al mes, que incluye limpieza y luz de las zonas comunes. Ubicado en una zona con todos los servicios cercanos: centros educativos, ambulatorio, comercios, transporte público y zonas de vida diaria a pocos pasos.
41009 Piso en venta en Sevilla – Barrio Villegas. – Sevilla(Piso en venta en Sevilla – Barrio Villegas. – Sevilla)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.